• T-Act.1.1.1.1.

    Se aplica la LAMCC de acuerdo a las atribuciones de los distintos órdenes gobierno.
  • T-Act.1.1.1.2.

    Se incorporan en los planes de desarrollo municipal políticas regulatorias y de incentivos para la adaptación y mitigación al CC, con permanencia y transparencia a través de las administraciones municipales.
  • T-Act.1.1.1.3.

    Se alinean y fortalecen los programas municipales existentes con medidas de adaptación y mitigación al CC con base en este instrumento.
  • T-Act.1.1.1.4.

    Se promueven acuerdos que orienten la implementación de los programas de política pública nacional y estatal prioritarios de intervención en el territorio estatal, como el caso de Sembrando Vida.
  • T-Act.1.1.1.5.

    Se fomenta la coordinación entre los tres órdenes de gobierno, las comunidades locales y pueblos indígenas y afromexicanos.
  • T-Act.1.1.1.6.

    Para promover una mayor coordinación entre estos órdenes de gobierno, y en el caso de la existencia de Juntas Intermunicipales, se propone la formulación de los 15 Programas Regionales.
  • T-Act.1.1.2.1.

    Se coordinan y fortalecen de manera integral las políticas públicas en materia de CC en los distintos órdenes de gobierno, para ello se garantiza la participación de los municipios en el CCICCCH, mediante acuerdos de representación regionales.
  • T-Act.1.1.2.2.

    Se establecen convenios de coordinación específicos entre el sector ambiental y: el agropecuario, el turístico, el agroindustrial, el pesquero, el de transporte y el de generación de energía; así como con todos aquellos que sean significativos para el tema de emisiones de GEI.
  • T-Act.1.1.2.3.

    Se promueve la política de CC como transversal que permee instituciones que no se encuentren dentro de la CCICCCH.
  • Act.1.1.2.4.

    Se establecen los acuerdos de cooperación con organismos internacionales y privados para alcanzar los compromisos establecidos en este instrumento y los demás establecidos por el estado mexicano.
  • T-Act.1.1.3.1.

    Se fortalece la vinculación del Consejo Consultivo de CC con los actores institucionales que participan en la acción climática estatal.
  • T-Act.1.1.3.2.

    Se consolida el Sistema de Monitoreo, Reporte y Verificación de la política climática con la observancia de su funcionamiento por parte del Consejo Consultivo de CC.
  • T-Act.1.1.3.3.

    Se establecen acuerdos de vinculación entre el Consejo Consultivo de CC y el CCICCCCH y la Comisión de CC de la Cámara de Diputados del Estado de Chiapas.
  • T-Act.1.1.3.4.

    Se fomentan inversiones mediante procesos regionales con enfoques particulares que desarrollen capacidades de los actores locales en la gestión climática a distintas escalas.
  • T-Act.1.2.1.1.

    Se garantiza la actualización y el cumplimiento de la Ley para la Adaptación y Mitigación ante el CC del Estado de Chiapas.
  • T-Act.1.2.1.2.

    Se garantiza el cumplimiento y actualización de los instrumentos normativos y de planeación para reducir la vulnerabilidad al CC utilizando los instrumentos de planeación del estado (ordenamiento ecológico territorial, carta urbana, programa de desarrollo urbano, atlas de riesgos, programas de protección civil municipal y mapa de resiliencia ante el CC).
  • T-Act.1.2.1.3.

    Se armonizan las leyes que contribuyen a la mitigación y adaptación del CC, como Ley Ambiental para el Estado de Chiapas (LAECH), Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus Municipios (LRSCHyM), Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas (AHOTyDUCH), etc. para su implementación.
  • T-Act.1.2.1.4.

    Se elabora, pública e implementa el reglamento de la ley para la Adaptación y Mitigación ante el Cambio Climático del Estado de Chiapas.
  • T-Act.1.2.1.5.

    Se vigila en el ámbito de las competencias municipales que los programas de CC en ese nivel sean vinculantes con el marco legal vigente y publicados en el Periódico Oficial del Estado basados en Acuerdos de Cabildo.
  • T-Act.1.3.1.1.

    Se desarrollan, innovan y aplican instrumentos económicos en materia de CC en el estado.
  • T-Act.1.3.1.2.

    Se fortalece la estructura financiera para la gestión de financiamiento en materia de CC a través de mecanismos administrativos propios que fomenten la participación de la cooperación internacional, el sector privado y social en la implementación de este instrumento.
  • T-Act.1.3.1.3.

    Se desarrollan mecanismos e incentivos fiscales y tributarios que promuevan la participación de la cooperación internacional, los sectores público, social y privado en la acción climática.
  • T-Act.1.3.1.4.

    Se gestionan mecanismos que sustenten (subsidien) la transición de procesos productivos resilientes, en particular la ganadería extensiva, en territorios prioritarios del estado en particular Región Maya, Selva Lacandona y Ch’ol-Tulijá.
  • T-Act.1.3.1.5.

    Se implementa una figura administrativa para la gestión de fondos económicos que permitan el logro de los objetivos y metas de este instrumento.
  • T-Act.1.3.1.6.

    Se buscará el diseño e implementación de mecanismos de compensación ex situ entre actividades que emiten GEI hacia regiones o procesos que absorben GEI, por ejemplo compensaciones por servicios ambientales entre productores ganaderos, forestales y agrícolas de alto rendimiento con pequeños productores de café.
  • T-Act.1.3.1.7.

    Se fomentarán la creación de fondos municipales para CC a través de los ahorros obtenidos por el uso de energías renovables, tecnologías de bajo costo y de interconexión que se refieran a la prestación de servicios públicos municipales.
  • T-Act.2.1.1.1.

    Se fomenta la creación de comités de CC y de consejos consultivos regionales con el fin de incrementar la gobernanza para la acción climática y desconcentrarla del nivel central. Tanto comités como consejos deberán estar funcionalmente integrados con sus pares a nivel estatal.
  • T-Act.2.1.1.2.

    Los comités y consejos deberán tener una amplia representación gubernamental y sectorial, así como de los actores sociales prioritarios por cada región, en particular por representaciones específicas de los pueblos originarios, las mujeres y los jóvenes.
  • T-Act.2.1.1.3.

    Se generan procesos de formación y capacitación para fortalecer la gobernanza con perspectiva de género y pertinencia cultural en los consejos consultivos, autoridades ejidales y comunales, dependencias públicas, sector privado y civil para que puedan incrementar su participación en programas de acción ante el CC.
  • T-Act.2.1.2.1.

    Se establecen mecanismos de diálogo y participación equitativa entre los consejos, comités y la CCICCCH, para asegurar que los contenidos del presente Programa tengan efectividad; aplicando procedimientos como el Sistema de Monitoreo Reporte y Verificación (MRV), la evaluación y rendición de cuentas de todos los involucrados. En particular se asegurará que la participación de mujeres, jóvenes y pueblos originarios sea incluida.
  • T-Act.2.1.2.2.

    Se fomenta que los comités y consejos a nivel regional pongan especial énfasis en el seguimiento y atención de la acción climática sectorial: energía, procesos industriales y uso de productos (IPPU); agricultura, ganadería, silvicultura y otros usos del suelo (AFOLU).
  • T-Act.2.2.1.1.

    Se reconoce en el Sistema Estatal de Cambio Climático, el derecho de los pueblos originarios, las comunidades equiparables y los pueblos afromexicanos, de desarrollar sus propios instrumentos de acción climática.
  • T-Act.2.2.1.2.

    En aquellos casos en que existan leyes o programas públicos y proyectos privados y sociales que requieren autorización en materia ambiental y que signifiquen una modificación del territorio, del uso de los recursos naturales y de las formas de organización tradicional de los pueblos indigenas y afromexicanos se establece la obligatoriedad de implementar un proceso de Consentimiento previo, libre e informado, basado en el marco legal internacional y nacional vigente, como forma de involucramiento directo de las comunidades indígenas y afromexicanas sobre la toma de decisiones relativas a los impactos del CC en sus territorios y su vida.
  • T-Act.2.2.1.3.

    Se desarrollan mecanismos que reconozcan las aportaciones culturales en materia ambiental, económica, social y cultural que poseen los pueblos originarios y afromexicanos para la construcción de sustentabilidad y la acción ante el CC a largo plazo. En particular los relacionados con el manejo del agua, el suelo, la biodiversidad y los sitios considerados como sagrados o simbólicos.
  • T-Act.2.2.1.4.

    Se desarrolla un programa de formación e intercambio con pertinencia cultural, para la gestión de proyectos, la construcción de sustentabilidad y la distribución de beneficios ponderando el de los propios pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
  • T-Act.2.2.1.5.

    Se implementará un banco de información y documentación para la identificación de las buenas prácticas de comunidades indígenas y afromexicanas ante el CC que representen casos de éxito para que sean reconocidas en el ámbito estatal y nacional.
  • T-Act.2.3.1.1.

    Se fomenta el respeto de los derechos de los migrantes, las niñas, los niños, los jóvenes, adultos mayores, personas con capacidades diferentes y población en situación de pobreza y pobreza extrema, en todos los aspectos considerados en este Programa y en todas las acciones ante el CC implementadas.
  • T-Act.2.3.1.2.

    Se diagnostican e implementan las alternativas para la inclusión específica de estos sectores, en particular población en situación de pobreza y pobreza extrema, en el contexto de cambio climático.
  • T-Act.2.3.1.3.

    Se desarrollan e implementan mecanismos formativos y de fomento para la inclusión de la población en diferentes situaciones de vulnerabilidad en los diversos ámbitos relacionados con el CC.
  • T-Act.2.3.1.4.

    Se implementan formas de difusión y acceso a información en materia de CC para la inclusión de la población en diferentes situaciones de vulnerabilidad.
  • T-Act.2.4.1.1. Se reconocen e implementan mecanismos, instrumentos y acciones de equidad para la reducción de la vulnerabilidad de las mujeres ante los efectos del CC.

  • T-Act.2.4.1.2. Se establece que el conjunto de las acciones dirigidas a salvaguardar la perspectiva de género y CC no impliquen en modo alguno una sobrecarga de trabajo (triple jornada) para las mujeres que esten involucradas.

  • T-Act.2.4.1.3. Se reconocen y fortalecen las redes de apoyo y de la economía del cuidado que comparten las mujeres en el nivel local y regional para la adaptación y mitigación ante el CC.

  • T-Act.2.4.1.4. Se fomenta la restitución de los derechos colectivos e individuales de las mujeres a la propiedad de la tierra, incluyendo las UAIM, y el pleno ejercicio de derechos agrarios. Así como el de participar de manera equitativa y/o igualitaria en las asambleas y otros mecanismos de decisión al respecto del uso de los recursos naturales y de las acciones ante el CC.

  • T-Act.2.4.1.5 Se mejoran las capacidades y se aplican los programas institucionales relacionados con la igualdad de género y el CC en el territorio.

  • T-Act.2.4.1.6. Se implementan acciones afirmativas y cuotas con relación a la equidad de género para la ejecución de programas y proyectos específicos para mujeres y CC que pueden abarcar los ámbitos educativos, de información, producción, restauración, entre otros.

  • T-Act.2.4.1.7. Se promueve la paridad de género y el fomento de la participación y representación de las mujeres, en su diversidad, en las negociaciones y toma de decisiones en los distintos niveles y ámbitos relacionados con el tema de CC.

  • T-Act.3.1.1.1.

    Se crea el mecanismo para la educación en materia de cambio climático en Chiapas atendiendo a los criterios de inclusión social y territorial.
  • T-Act.3.1.1.2.

    Se reconoce el liderazgo de la CICCCH y el CCCCCH y de sus autoridades correspondientes como los voceros formales en materia de opinión relacionada con el CC.
  • T-Act.3.1.1.3.

    Se generan las condiciones para que los líderes de opinión se formen en materia de cambio climático, basada en la información y documentación de la CICCCH y el CCCCCH.
  • T-Act.3.1.1.4.

    Se mantienen, adaptan y actualizan los mecanismos de educación en materia de cambio climático dando seguimiento a los líderes de opinión a través de su vinculación con el Sistema Estatal de CC.
  • T-Act.3.2.1.1.

    Se establece la Comisión de Comunicación y de Difusión dentro del Sistema Estatal de Cambio Climático, la cual, en coordinación con los mecanismos propios de comunicación del estado y los municipios, llevará a cabo un programa permanente de comunicación en materia de CC.
  • T-Act.3.2.1.2.

    Se destinan recursos para los programas permanentes de comunicación social en materia de CC, por parte de la Comisión de Coordinación Intersecretarial de CC del Estado de Chiapas.
  • T-Act.3.2.1.3.

    Se establece un mecanismo de fácil acceso a información en materia de CC basado en la plataforma de Monitoreo, Reporte y Verificación.
  • T-Act.3.2.1.4.

    Se prioriza la difusión de conocimiento sobre CC con un lenguaje incluyente, dirigido a sectores vitales de la población como las niñas y niños, los jóvenes, las mujeres y los pueblos originarios, a través de una comunicación efectiva con perspectiva de género y pertinencia cultural.
  • T-Act.3.2.1.5.

    Se prioriza la difusión de conocimiento sobre CC con un lenguaje incluyente a los sectores productivos a través de una comunicación efectiva en materia de cultura ambiental y manejo sustentable de los recursos naturales con perspectiva de género y pertinencia cultural.
  • T-Act.3.2.1.6.

    Se establecen convenios de colaboración con los sectores agrícola, pecuario, pesquero y forestal, entre otros, el sector salud y los organismos relacionados con los aspectos meteorológicos, de riesgos y protección civil para sensibilizar e informar a la población sobre los efectos asociados a la variabilidad climática a nivel local (sequías, vientos fuertes, cambios de calendario de lluvia, plagas y enfermedades, etc.).
  • T-Act.3.2.1.7.

    Se difunde en los sectores privado y la sociedad civil información relacionada al CC que requiera cambios en sus prácticas cotidianas relacionadas.
  • T-Act.3.3.1.1.

    Se realizan campañas de difusión en materia de CC considerando: los distintos idiomas del estado, contextos locales, perspectiva de género y de ejercicio de derechos humanos en su implementación.
  • T-Act.3.3.1.2.

    Se promueve la educación en CC para todos los niveles de educación a través de cartillas informativas y/o todo tipo de recursos de comunicación accesibles y de bajo costo.
  • T-Act.3.3.1.3.

    Se difunden a nivel regional, estatal, nacional e internacional las buenas prácticas de mitigación y adaptación relacionadas con el CC, así como los principales efectos de éste en la vida, organización y economía de las personas dentro de nuestro estado.
  • T-Act.3.3.1.4.

    Se implementan campañas de difusión y capacitación para tomadores de decisiones sobre este y otros instrumentos de planeación en materia de CC.
  • T-Act.3.3.1.5.

    Se llevan a cabo actividades de intercambio de información y experiencias en la acción climática, como foros, ferias, seminarios, paneles, simposios estatales y regionales.
  • T-Act.4.1.1.1.

    Se promueven líneas de investigación sobre la variabilidad climática en las universidades y centros de investigación en el estado.
  • T-Act.4.1.1.2.

    Se integra el análisis de estudios geográficos, físicos y bióticos a los planes curriculares de los centros de investigación públicos y privados y se vinculan a la política pública (proyectos y programas) establecidos con instituciones como protección civil, CONAFOR, SEMAHN, entre otros.
  • T-Act.4.2.1.1.

    Se realizan los inventarios de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero a multinivel en el estado de Chiapas.
  • T-Act.4.2.1.2.

    Se promueve una plataforma homogénea de recopilación de datos de actividad a nivel local, municipal, regional y estatal de GEI a través de los centros de investigación en coordinación con el gobierno del estado.
  • T-Act.4.3.1.1.

    Se realizan convenios de colaboración entre instituciones de investigación con centros de educación públicos y privados e iniciativas municipales, estatales y federales para el establecimiento de sistemas de monitoreo y alerta temprana ante riesgos por efectos de CC a diferentes niveles en el estado.
  • T-Act.4.3.1.2.

    Se establecen escuelas de formación comunitarias vinculadas a los centros de investigación e instituciones estatales y federales para el manejo de monitoreo y alerta temprana en áreas de alta vulnerabilidad ante riesgo de desastres por efecto de CC.
  • T-Act.4.4.1.1.

    Se generan programas de educación ambiental alineados a las escuelas públicas y privadas de todos los niveles y lenguas indígenas para fortalecer la capacidad de resiliencia ante el CC de las comunidades rurales y urbanas.
  • T-Act.4.5.1.1.

    Se realizan procesos de colaboración entre las instituciones estatales y federales en materia de cambio climático con los centros de investigación especialistas en el tema, para fortalecer los mecanismos de efectividad e incidencia en la legislación y la política pública.
  • T-Act.5.1.1.1.

    La CICCCH en coordinación con las instituciones de investigación y el sector social realizan la planeación de metas de reducción de emisiones y adaptación al cambio climático alineadas con la Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional (NDC).
  • T-Act.5.1.1.2.

    Se desarrolla un plataforma de monitoreo con indicadores de seguimiento a las metas de reducción de emisiones y adaptación al cambio climático en el estado.
  • T-Act.5.1.1.3.

    Se capacita a los funcionarios de gobierno sobre el uso y manejo de la plataforma de monitoreo para el seguimiento de las estrategias en materia de adaptación y mitigación del estado.
  • T-Act.5.1.1.4.

    Se genera una base de datos con información relativa y constantemente actualizada sobre acciones realizadas de mitigación y adaptación al cambio climático para evaluar los avances de metas propuestas en el estado.
  • T-Act.5.2.1.1.

    Se mejoran las capacidades institucionales para el monitoreo y la evaluación de las políticas estatales en torno al CC.
  • T-Act.5.2.1.2.

    Se establecen medidas y mecanismos de monitoreo y evaluación de las políticas públicas, programas y proyectos.